14.06.2013 MADRID Agencias1
El expresidente de la CEOE,
contenado a 15 años de inhabilitación al ser considerado culpable el concurso
de acreedores del grupo turístico. El Juzgado de lo Mercantil número 12 de
Madrid ha declarado culpable el concurso de acreedores de Marsans, lo que
supone que Gerardo Díaz Ferrán, Ángel de Cabo y los herederos de Gonzalo
Pascual deberán hacer frente a la deuda del grupo turístico que supera los 400 millones.
Así se recoge en la sentencia emitida por la jueza Ana María Gallego, que
contempla la inhabilitación de Gerardo Díaz Ferrán y de Posibilitum Business,
la empresa de Ángel de Cabo, para administrar bienes ajenos y para representar
o administrar a cualquier persona por un plazo de 15 años. Durante la
instrucción, la magistrada ya decretó el embargo de bienes de los afectados
para cubrir el déficit patrimonial de la masa de Viajes Marsans, que asciende a
417.363.210,58 euros, ante la alta probabilidad de que el concurso fuera
declarado culpable. Tanto la Administración concursal de Marsans como la
Fiscalía habían solicitado la culpabilidad del concurso. Dicho embargo afectó a
diez fincas registrales, cinco de Díaz Ferrán y otras tantas de su socio, Gonzalo
Pascual. También supuso el embargo preventivo de los saldos favorables que los
antiguos dueños de Marsans tenían en cuentas y depósitos de diversas entidades
financieras. Según el informe provisional de la administración concursal, de 3
de diciembre de 2010, los créditos contra la masa alcanzaban la cifra de
37.086.113,52 euros, mientras que la suma de Créditos con Privilegio Especial
(37.631.611,76 euros), con Privilegio General (20.742.873,77 euros), Créditos
Ordinarios (447.089.610,63 euros) y subordinados (46.602.790,48 euros)
alcanzaban la cifra de 552.066.886,64 euros. De esta manera, el déficit
patrimonial calculado en tal momento era de 307.893.632,13 euros. La sentencia
condena también al expresidente de CEOE, al dueño de Posibilitum y a los herederos
de Pascual a la pérdida de los derechos que pudieran tener como acreedores
concursales de Marsans por su condición de administradores de la sociedad. En
consecuencia, Díaz Ferrán y Posibilitum Business deberán cubrir en su
integridad el déficit patrimonial de Marsans, en aquella parte que no sea
satisfecha en la liquidación de la compañía. La empresa de De Cabo debe
afrontar el 40% del pasivo y la totalidad de los créditos contra la masa del
concurso. Al declarar la culpabilidad del concurso, la jueza entiende que en la
generación o agravación del estado de insolvencia medió dolo o culpa grave de
los dueños de Marsans, que presentó irregularidades contables significativas en
los años previos a la quiebra. Además, poco antes de la quiebra Díaz Ferrán y
Pascual vendieron Marsans a Posibilitum Business por 600 millones de euros. Esa
operación retrasó la declaración del concurso, lo que contribuyó a agravar la
situación de la compañía. La resolución no es firme y contra la misma cabe
recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que se deberá
interponer en el plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su
notificación. Inhabilitación de 15 años para Ferrán La sentencia califica como
culpable el concurso de Viajes Marsans e incluye una condena de inhabilitación
durante 15 años a su exdueño y expresidente de la CEOE Gerardo Díaz Ferrán. La
inhabilitación de Díaz Ferrán, en prisión preventiva desde el pasado 5 de
diciembre por la 'Operación Crucero' en la que se investiga el vaciamiento
patrimonial del Grupo Marsans, le impedirá "administrar bienes
ajenos" o "representar o administrar a cualquier persona", según
la sentencia notificada hoy. El concurso se clasifica como culpable
"cuando en la generación o agravación del estado de insolvencia hubiera
mediado dolo o culpa grave del deudor". En el caso de Marsans, la juez
dice que hubo irregularidades contables relevantes para la comprensión de la
situación patrimonial o financiera de Marsans, inexactitudes graves en la
documentación aportada con la solicitud del concurso, una salida fraudulenta
del patrimonio de la empresa entre junio de 2008 y junio de 2010 y actos
jurídicos dirigidos a simular una situación patrimonial ficticia. La magistrada
también subraya la tardanza por parte de los dueños de Marsans en solicitar el
concurso y su falta de colaboración con la administración concursal.
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