MADRID
Martinsa Fadesa no ha logrado al término del ejercicio 2013
el pago convenido con los acreedores en el convenio firmado en 2011 y que
sirvió para que la inmobiliaria saliera de la situación concursal en la que se
encontraba. A pesar del incumplimiento de pago, la empresa asegura que evita la
liquidación por una claúsula contenida en aquel convenio.
La compañía presidida por Fernando Martín ha comunicado a la
CNMV que el consejo de administración celebrado el pasado día 13 de enero
adoptó la decisión "de acogerse al mecanismo corrector contemplado en el
apartado (i) de la Cláusula 3.4 del Convenio de Acreedores, judicialmente
aprobado por Sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de La Coruña, de fecha
11 de marzo de 2011, conforme al cual la falta de pago total de una anualidad
del Convenio no supone el incumplimiento del mismo". La citada decisión,
añade el grupo, "ha sido comunicada al Juzgado de lo mercantil nº 1 de La
Coruña [el juzgado que ha gestionado el concurso de Martinsa]".
Martinsa Fadesa se declaró en concurso en julio de
2008, apenas un año después de nacer como nuevo grupo inmobiliario
resultante de la fusión de los negocios de Fernando Martín y su socio Antonio
Martín con Fadesa, la inmobiliaria de Manuel Jove sobre la que formularon una
opa por importe de 4.045 millones de euros. La cotización de la empresa en
Bolsa se mantiene suspendida desde esa misma fecha, cuando los
títulos de la empresa se cambiaban a 7,30 euros. La quiebra de Martinsa es la
mayor ocurrida en España por nivel de deuda (la empresa se declaró en concurso
con 7.000 millones de euros de deuda).
En el convenio acordado la inmobiliaria se comprometía a
abonar su deuda en un periodo de ocho años, que empezará a contar en 2012. El
convenio incluye la conversión a préstamos participativos del 15% del crédito
ordinario y que la amortización en los tres primeros años (2012-2014) será de
apenas de entre un 0,25% y un 0,50% del total del pasivo. Además, contempla la
posibilidad de que los bancos canjeen deuda por acciones en el caso de que la
inmobiliaria no pague sus deudas en un plazo máximo de diez años.
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