jueves, 25 de abril de 2013

El juez aparta a Fernández Sousa de la gestión de Pescanova tras declararla en concurso

Fuente: Expansion.com


25.04.2013A.Chas/I.Elizalde1

El Juzgado Mercantil Nº1 de Pontevedra declaró hoy el concurso voluntario de Pescanova SA y decidió suspender las facultades de administración de la compañía y nombrar un administrador concursal, que para facilitar la gestión estará formado únicamente por un representante de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Dos días después de que formalmente acabara el mandato de Manuel Fernández de Sousa Faro como presidente de Pescanova y a pesar de sus intentos por mantenerse al frente de la compañía, el ejecutivo pierde sus facultades de administración en la empresa.
Tal y como se esperaba, ha sido el juez encargado de declarar el concurso voluntario de Pescanova SA, quien ha optado por un camino poco frecuente en este tipo de concursos y ha decidido "determinar que las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio quedan suspendidas, siendo el deudor sustituido por la administración concursal que se designará al efecto".
De esta forma, Sousa y el resto de miembros del consejo de administración quedarán suspendidos de la gestión en la compañía. Para facilitar la gestión, la administración concursal quedará integrada por un miembro del personal técnico de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) o la persona designada por este organismo, que será lo más probable.
La CNMV tiene cinco días para designar a su representante y una vez formada la administración concursal, debe presentarse el informe concursal en el plazo de dos meses.
En su auto, el juez explica las circunstancias extraordinarias que le han llevado a tomar una decisión tan inusual como la suspensión de la administración en un concurso voluntario, como el incumplimiento de presentar las cuentas de 2012 o las discrepancias en la deuda, entre otras.
Y lo resume en un párrafo: "Todo lo anterior apunta, sin temor al equívoco, a que mantener las plenas facultades del deudor puede conducir a una situación de difícil gobernabilidad en absoluto compatible con el orden que debe presidir el proceso concursal". Y va más allá: "se entiende que puede verse mejor desempeñada por la administración concursal que se designe".

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