25.04.2013A.Chas/I.Elizalde1
El Juzgado Mercantil Nº1 de Pontevedra declaró hoy el
concurso voluntario de Pescanova SA y decidió suspender las facultades de
administración de la compañía y nombrar un administrador concursal, que para
facilitar la gestión estará formado únicamente por un representante de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Dos días después de que formalmente acabara el mandato de
Manuel Fernández de Sousa Faro como presidente de Pescanova y a pesar de sus
intentos por mantenerse al frente de la compañía, el ejecutivo pierde sus
facultades de administración en la empresa.
Tal y como se esperaba, ha sido el juez encargado de
declarar el concurso voluntario de Pescanova SA, quien ha optado por un camino
poco frecuente en este tipo de concursos y ha decidido "determinar que las
facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio
quedan suspendidas, siendo el deudor sustituido por la administración concursal
que se designará al efecto".
De esta forma, Sousa y el resto de miembros del consejo de administración
quedarán suspendidos de la gestión en la compañía. Para facilitar la gestión,
la administración concursal quedará integrada por un miembro del personal
técnico de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) o la persona
designada por este organismo, que será lo más probable.
La CNMV tiene cinco días para designar a su representante y
una vez formada la administración concursal, debe presentarse el informe
concursal en el plazo de dos meses.
En su auto, el juez explica las circunstancias
extraordinarias que le han llevado a tomar una decisión tan inusual como la
suspensión de la administración en un concurso voluntario, como el
incumplimiento de presentar las cuentas de 2012 o las discrepancias en la
deuda, entre otras.
Y lo resume en un párrafo: "Todo lo anterior apunta,
sin temor al equívoco, a que mantener las plenas facultades del deudor puede
conducir a una situación de difícil gobernabilidad en absoluto compatible con
el orden que debe presidir el proceso concursal". Y va más allá: "se
entiende que puede verse mejor desempeñada por la administración concursal que
se designe".
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